Finanzas

Futuros tokenizados: una nueva vía para la financiación agrícola

Por Avocate ·

Campo agrícola al atardecer

Los contratos de futuros permiten a un productor fijar hoy el precio de una cosecha que venderá dentro de meses. Tokenizarlos significa representarlos en un registro distribuido, lo que puede abaratar su gestión y acercarlos a productores que hoy no acceden a ellos. Este artículo explica qué es un futuro agrícola, qué cambia al tokenizarlo y qué marco legal se aplica en España y en la Unión Europea.

¿Qué es un contrato de futuros agrícola?

Un contrato de futuros agrícola es un acuerdo para comprar o vender una cantidad concreta de un producto agrícola a un precio fijado hoy y con entrega en una fecha futura. La CNMV lo define como un contrato a plazo negociado en un mercado organizado, con condiciones estandarizadas, y recuerda que su activo subyacente puede ser una mercancía, incluidos los productos agrícolas.

Para un productor, la utilidad principal es la cobertura: si fija el precio antes de la cosecha, una caída posterior del mercado no le afecta. A cambio, renuncia a beneficiarse de una posible subida.

¿Por qué les cuesta financiarse a los pequeños agricultores?

A los pequeños agricultores les cuesta financiarse porque tienen poca escala, pocas garantías y un historial de ingresos que los bancos consideran arriesgado. El Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) estima que las necesidades de financiación de unos 270 millones de pequeños agricultores del África subsahariana, el sur y el sudeste asiático y América Latina superan los 200.000 millones de dólares.

El peso de estas explotaciones es enorme. Según la FAO, en el mundo hay más de 570 millones de explotaciones agrícolas, y las de menos de una hectárea suponen el 72 % del total aunque solo controlan el 8 % de la tierra agrícola. La propia FAO aclara que son órdenes de magnitud y no cifras exactas.

¿Qué significa tokenizar un futuro?

Tokenizar un futuro significa representar el contrato como un activo digital en un registro distribuido, de modo que su emisión, su titularidad y su transmisión quedan anotadas en ese registro. La ventaja potencial es operativa: liquidaciones más rápidas, registro compartido entre las partes y la posibilidad de dividir un contrato en fracciones más pequeñas.

Tokenizar no cambia la naturaleza jurídica del contrato. La Ley 6/2023 de los Mercados de Valores establece en su artículo 2.2 que los instrumentos financieros siguen siéndolo aunque se emitan, registren, transfieran o almacenen con tecnología de registros distribuidos, y los futuros sobre materias primas figuran entre esos instrumentos.

¿Qué dice la normativa española?

La normativa española reconoce desde 2023 que los valores pueden representarse con tecnología de registros distribuidos. La Ley 6/2023 permite, en su artículo 6, representar los valores negociables mediante anotaciones en cuenta, títulos o sistemas basados en esa tecnología, y exige que estos sistemas garanticen la integridad e inmutabilidad de las emisiones.

El artículo 11 de la misma ley añade que la transmisión de estos valores se produce mediante la transferencia registrada en el propio registro distribuido. Es decir, el registro deja de ser un apunte informativo y pasa a tener efectos jurídicos.

¿Qué dice la normativa europea?

La normativa europea distingue entre criptoactivos e instrumentos financieros, y un futuro tokenizado cae del lado de los segundos. El Reglamento (UE) 2023/1114, conocido como MiCA, regula la oferta y la negociación de criptoactivos y se aplica con carácter general desde el 30 de diciembre de 2024. Su artículo 2.4 excluye expresamente los criptoactivos que se consideren instrumentos financieros.

Para los instrumentos financieros existe otra vía: el régimen piloto de infraestructuras de mercado basadas en tecnología de registro descentralizado, el Reglamento (UE) 2022/858, aplicable desde el 23 de marzo de 2023. Según su artículo 3, admite acciones, bonos y participaciones en fondos, con límites de tamaño. Los derivados no figuran en esa lista.

¿Qué riesgos hay que tener en cuenta?

El principal riesgo es confundir la tecnología con la protección legal. Un futuro tokenizado sigue siendo un derivado, con las mismas obligaciones de autorización y supervisión que cualquier otro instrumento financiero, y quien lo ofrezca necesita cumplir esa normativa.

  • Riesgo de mercado: un futuro puede generar pérdidas si el precio evoluciona en contra de la posición.
  • Riesgo regulatorio: el marco europeo para estos instrumentos todavía está en desarrollo.
  • Riesgo tecnológico: los fallos en el registro o en los contratos inteligentes tienen consecuencias económicas reales.

¿Cómo lo plantea Avocate?

Avocate plantea los futuros tokenizados y el crowdfunding como vías para que los productores agrícolas accedan a capital. El proyecto está desarrollando su producto mínimo viable con el objetivo de que cumpla la legislación española y europea sobre tokenización de activos reales.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento financiero ni jurídico. Cualquier inversión en instrumentos financieros implica riesgo de pérdida.